Hola novies!! Abro este debate porque he leído muchas dudas con respecto a la licencia y también algunas pifiadas en las respuestas jaja Antes que nada, contarles que estoy a dos materias de recibirme de Contadora y, justamente en una de las materias que estoy por rendir estudiamos la LCT (Ley de Contrato de Trabajo) así que no soy una experta en el tema pero algo sé, por eso me tiro a escribir este debate.
Lo mas importante para analizar ésto, es tener en claro dos cosas: primero que cuando hablamos de esta licencia y de lo que el empleador debería o no hacer, estamos hablando de trabajadores EN BLANCO. El trabajador en negro tiene absolutamente vulnerados todos sus derechos, por lo que esta licencia ya no se rige por la ley sino por un acuerdo con el empleador (porque, justamente, al estar en negro estas fuera de la ley). Entonces, si alguno/a trabaja en negro, no se ate a rajatabla a lo que voy a decirles porque probablemente no aplique para ustedes.
Lo segundo, es saber que vamos a hablar según la LCT. Existen convenios colectivos para distintos rubros y éstos pueden MEJORAR (nunca empeorar) las licencias establecidas por la ley. El convenio que se toma como madre y se aplica en caso de no tener convenios especiales, es el de empleados de comercio.Ahora si! Según la LCT, funciona así:-te corresponden 10 días CORRIDOS contados a partir del día hábil siguiente a la fecha del civil. -al ser corrido se cuentan todos los días que aparezcan en ese lapso, es decir que tenes que tener en cuenta fines de semana y feriados-por ley NO se pueden tomar después, sino que deben ser luego del civil. Hay empleadores que se saltan este paso y permiten tomarlos cuando uno quiera-NO PUEDEN DESCONTARTE DEL BÁSICO. Es una licencia como las vacaciones, por lo que tu sueldo básico debe verse intacto. Puede ser que te descuenten de otros ítems, como el presentismo o algún premio.-estos 10 días pueden sumarse a las vacaciones! Es decir que si tenés días de vacaciones para tomarte, podes pedir la licencia por matrimonio y tomarte las vacaciones antes o después.-no hay un plazo para comunicar en el trabajo, pero lo mas prudente es unos 4 meses antes, para poder aclarar todo y permitirle a tu empleador que se prepare con tiempo, ya que vas a ausentarte 10 dias.RECUERDEN averiguar en su trabajo, ya que la LCT fija un piso, pero cada empleador puede establecer mejoras para sus empleados. Y si trabajan en negro, planteen la situación a ver si pueden arreglar algo que sea beneficioso para ambas partes. Este debate es sólo una base informativa, pero bajo ningún punto de vista pretendo tirarmela de asesora laboral jaja es como para que tengan una idea de lo que contempla la ley. Siempre lo mas seguro es averiguar en el trabajo de cada uno!
Espero que les haya servido! Buen viernes.
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